PRESENTACIÓN

En nuestra experiencia de años, como profesionales del derecho, hemos podido observar muchas insatisfacciones ante una resolución judicial. Esto nos ha llevado a adentrarnos en la mediación como medio de obtener, más que una solución justa, la resolución completa del problema.

Una sentencia judicial comporta, necesariamente, un ganador y un perdedor, lo que en la práctica se traduce en un distanciamiento, aún mayor, entre las partes litigantes.

Por el contrario, en la mediación, como medio alternativo de resolver conflictos, son las partes, con la ayuda de una tercera persona, el mediador o mediadora, quienes encuentran la mejor solución para todos.

En la mediación:

  • Se asegura la confidencialidad.
  • Existe comunicación personal entre las partes.
  • No hay necesidad de esperar términos judiciales y, en este sentido, termina cuando las partes en conflicto así lo desean.
  • Evita litigios o arbitrajes siempre inciertos.
  • Es particularmente conveniente en el manejo de conflictos familiares, sean o no de pareja.
  • Permite una total libertad de decisión entre las partes, obteniendo un acuerdo consensuado.
  • Evita conflictos más profundos.

Cualquier conflicto puede ser objeto de mediación.

Para ello, el mediador:

  • Inicia el diálogo entre las partes.
  • Orienta y dirige el proceso.
  • Solicita la información necesaria para poder conocer el conflicto, con la ayuda de otros profesionales.
  • Adapta el proceso de mediación a las necesidades de cada una de las partes.
  • Y, en definitiva, invita a las partes a llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas.