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PRESENTACIÓN |
En nuestra experiencia de años, como profesionales
del derecho, hemos podido observar muchas insatisfacciones ante
una resolución judicial. Esto nos ha llevado a adentrarnos
en la mediación como medio de obtener, más que una
solución justa, la resolución completa del problema.
Una sentencia judicial comporta, necesariamente, un ganador y un
perdedor, lo que en la práctica se traduce en un distanciamiento,
aún mayor, entre las partes litigantes.
Por el contrario, en la mediación, como medio alternativo
de resolver conflictos, son las partes, con la ayuda de una tercera
persona, el mediador o mediadora, quienes encuentran la mejor solución
para todos.
En la mediación:
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Se asegura la confidencialidad.
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Existe comunicación personal entre
las partes.
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No hay necesidad de esperar términos
judiciales y, en este sentido, termina cuando las partes en
conflicto así lo desean.
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Evita litigios o arbitrajes siempre inciertos.
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Es particularmente conveniente en el manejo
de conflictos familiares, sean o no de pareja.
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Permite una total libertad de decisión
entre las partes, obteniendo un acuerdo consensuado.
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Evita conflictos más profundos.
Cualquier conflicto puede ser objeto de mediación.
Para ello, el mediador:
- Inicia el diálogo entre las partes.
- Orienta y dirige el proceso.
- Solicita la información necesaria para poder conocer
el conflicto, con la ayuda de otros profesionales.
- Adapta el proceso de mediación a las necesidades de
cada una de las partes.
- Y, en definitiva, invita a las partes a llegar a un acuerdo
satisfactorio para ambas.
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